Gestionar las faltas injustificadas es uno de los temas más delicados de la administración de personal. Si se manejan mal generan conflictos laborales, inconformidad en el equipo y, a veces, demandas; bien documentadas, protegen a la empresa y dan certeza a todos. La diferencia casi nunca está en la falta en sí, sino en cómo se registra y se responde a ella.
Para el area de Recursos Humanos, saber qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT), cuántas faltas pueden derivar en un despido y cómo documentar el proceso correctamente es indispensable. En esta guía te explicamos qué se considera una falta injustificada, qué establece la ley, cuántas ausencias ameritan un despido y cómo manejar el absentismo laboral sin exponer a tu empresa.
Una falta injustificada es la ausencia de una persona trabajadora en su jornada laboral sin una causa válida, sin notificación previa al patrón y sin documentación que respalde el motivo. Los tres elementos importan: si falta alguno (no hay causa válida, no avisó o no lo comprobó), la ausencia puede considerarse injustificada.
No toda falta es injustificada. La diferencia está en si existe una razón válida y en si el trabajador la comunica y la acredita. Las faltas justificadas son las que respaldan una incapacidad médica del IMSS, un permiso autorizado por el patrón, el duelo, la maternidad u otras causas reconocidas por la LFT o por el reglamento interno de la empresa. Ese reglamento, que debe alinearse con las obligaciones del patrón en materia de condiciones de trabajo, como las que marca la NOM-035, es clave para dar claridad sobre qué se acepta y qué no.
Vale la pena aclarar un punto que suele pasar desapercibido: los retardos reiterados o las salidas anticipadas sin autorización también pueden considerarse faltas parciales y, dependiendo del reglamento interno, acumularse hasta contar como una falta completa. Por eso conviene que las reglas de asistencia estén por escrito y que todo el equipo sepa cómo y con cuánta anticipación debe avisar y acreditar una ausencia. Cuanto más clara sea la política, menos zonas grises quedan al momento de decidir si una falta fue justificada o no.

Para entender mejor qué constituye una falta injustificada, aquí hay algunos de los casos más frecuentes en el entorno laboral.
● No presentarse sin aviso: La persona no acude a trabajar y no informa a su líder ni a RRHH, ni antes ni durante el día de la ausencia.
● Ausencia por enfermedad sin incapacidad del IMSS: Enfermarse es una causa válida, pero si no se respalda con la incapacidad del IMSS o el justificante que pida el reglamento, la falta puede quedar como injustificada.
● Permiso verbal no autorizado: El colaborador asume que "avisó" con un comentario informal, pero el permiso nunca fue autorizado formalmente por quien correspondía.
● Falta después de vacaciones o días festivos: No regresar en la fecha acordada tras un periodo de descanso es una de las ausencias más comunes y, sin justificación, cuenta como falta.
● No regresar de una comisión o viaje de trabajo: Cuando alguien no se reincorpora a sus labores al terminar una comisión y no lo justifica, la ausencia también se considera injustificada.
La LFT no prohíbe las faltas, pero sí establece las consecuencias que pueden derivarse de ellas, tanto para el trabajador como para el patrón. Estos son los puntos clave.
Descuento de salario: El principio es simple: si no hay trabajo, no hay salario. Una falta injustificada no se paga, y ese día no cuenta como laborado para efectos de la semana.
Causal de rescisión: La acumulación de faltas injustificadas es una de las causas que la ley reconoce para terminar la relación laboral sin responsabilidad para el patrón, es decir, para un despido justificado.
Acta administrativa: Antes de llegar a un despido, la empresa necesita documentar cada falta. El acta administrativa es el registro formal de lo ocurrido, idealmente con fecha, descripción de los hechos, testigos y la firma del trabajador (o la constancia de que se negó a firmar). Es la base probatoria que sostiene cualquier decisión posterior.
Obligación de notificación: Si la empresa decide rescindir la relación, la LFT la obliga a entregar al trabajador un aviso de rescisión por escrito, con la fecha y las causas del despido. Sin ese aviso, el despido puede considerarse injustificado, aunque las faltas hayan existido. En la práctica, manejar bien las faltas según la ley se resume en una secuencia: registrar cada ausencia el mismo día, comunicarla al colaborador, levantar el acta administrativa cuando corresponda, aplicar el descuento y, solo si se cumple el supuesto legal, proceder con el aviso de rescisión. Saltarse un paso es lo que suele convertir una decisión válida en una demanda.
Un proceso justo y bien documentado no solo protege a la empresa: también cuida la confianza del resto del equipo, que necesita reglas claras y aplicadas de forma pareja. Y cuando las ausencias se prolongan por varios días sin aviso, pueden configurar incluso un abandono de trabajo, con sus propias implicaciones.

Según el artículo 47, fracción X, de la LFT, un trabajador puede ser despedido de forma justificada cuando acumula más de tres faltas injustificadas en un período de treinta días. Aun así, hay varios matices que conviene tener claros para no cometer errores.
"Más de tres" significa cuatro o más. Tres faltas injustificadas en treinta días no bastan para un despido justificado; se necesitan al menos cuatro.
Las faltas deben ser injustificadas. Solo cuentan las ausencias sin causa válida ni justificación. Una incapacidad del IMSS o un permiso autorizado no suman para este conteo.
El período de treinta días es un lapso continuo. Se toma cualquier ventana de treinta días naturales, no el mes calendario. Las faltas no tienen que ser consecutivas, pero sí caer dentro de ese mismo lapso.
No es automático. Reunir cuatro faltas no despide al trabajador por sí solo. La empresa debe documentar cada ausencia, levantar las actas correspondientes y seguir el proceso, incluida la entrega del aviso de rescisión.
En cuanto al finiquito, en un despido justificado por faltas el trabajador recibe las partes proporcionales de sus prestaciones (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) y la prima de antigüedad que marca la ley, pero no la indemnización constitucional de tres meses que sí correspondería en un despido injustificado. Conocer bien esta diferencia y calcular correctamente el finiquito evita reclamaciones posteriores.
Llegar al despido casi siempre es la última opción. Invertir en la calidad de vida en el trabajo y en las condiciones que sostienen la asistencia suele reducir las faltas mucho antes de que se acumulen.
Muchas faltas, justificadas e injustificadas, tienen su raíz en problemas de salud que el colaborador no atendió a tiempo. Cuando conseguir una consulta implica filas, traslados y perder el día completo, es más fácil que un malestar menor termine en una ausencia o se convierta en algo más serio. Un equipo con acceso oportuno a un médico atiende sus molestias antes de que lo obliguen a faltar.
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La LFT no fija un número de faltas "permitidas", pero sí un límite antes del despido: con más de tres faltas injustificadas en un período de treinta días (es decir, cuatro o más), el patrón puede rescindir la relación de forma justificada. Por debajo de ese umbral, cada falta puede tener consecuencias, como el descuento del día o un acta administrativa, según el reglamento interno.
Sí, siempre que se acumulen más de tres faltas injustificadas en treinta días y la empresa siga el proceso correcto: documentar cada ausencia, levantar las actas y entregar el aviso de rescisión. Si el despido no está bien sustentado o falta el aviso, puede considerarse injustificado, con las indemnizaciones que eso implica.
Tres faltas injustificadas todavía están por debajo del umbral de "más de tres" que exige la ley para un despido justificado, así que por sí solas no ameritan despido. Sin embargo, sí pueden derivar en descuentos y en actas administrativas, y si se suma una cuarta falta dentro del mismo período de treinta días, la empresa ya podría iniciar la rescisión. Además, faltar varios días seguidos sin aviso puede interpretarse como abandono del puesto.